jueves, noviembre 7, 2024
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¿Cuáles son los parámetros para multar hoteles que incumplen medidas sanitarias?

VER�N. Después que se dio la reapertura gradual del sector turístico, al menos dos hoteles han sido multados con montos millonarios por el incumplimiento de las medidas sanitarias que se han impuesto en el país para frenar la pandemia del coronavirus. Además de los dos primeros hoteles multados, hay dos más que esperan se les anuncien sanciones producto de alegadas violaciones a las medidas sanitarias impuestas por el Gabinete de Turismo.

De estos dos hoteles, Royalton y Lopesan, aún el Ministerio de Turismo no ha referido cuál o cuáles fueron sus infracciones, ni ha dado a conocer las multas que se les impondrán. El primer hotel en ser sancionado fue el RIU Bambú, con un monto de un millón de pesos. Su amonestación fue por las imágenes divulgadas vía redes sociales, en las que se observa un gran cúmulo de personas en el área de piscina.

El anuncio del castigo al complejo lo hizo el ministro Collado a través de su red social personal. Para notificar esta multa, no se estableció cuáles fueron los parámetros tomados para determinar a cuanto debía ascender el monto. Igual situación se presentó con la sanción al hotel Grand Palladium. En el caso del Grand Palladium, la penalidad fue de 4 millones de pesos, por haber efectuado una fiesta de fin de año en sus instalaciones, rompiendo supuestamente el protocolo establecido.

Al igual que no se saben los parámetros para establecer los montos de las multas, así mismo se desconoce a dónde va ese dinero, pues en ningún momento desde el Mitur se han dado a conocer esos detalles. Además de que no se tiene constancia de que estos fondos entren a las arcas públicas. Este medio buscó la reacción del encargado de esta cartera en Verón-Punta Cana, el señor John Espinal, pero no se obtuvo respuesta.

Cabe destacar que las multas impuestas a dichos hoteles distan bastante en cuanto a los montos. El presidente de la Asociación de Hoteles y Proyectos Turísticos del Este (Asoleste), Ernesto Veloz, dijo que no tiene la certeza de cuáles parámetros se toman en cuenta para establecer las multas. â??Realmente, no conocemos cuál es el parámetro para ponerla, pero lo que nos habían informado es que era por cantidad de habitaciones en cada propiedadâ?, señaló Veloz.

LA RESOLUCION

Según lo citado en sus tweets por el  ministro Collado las sanciones se establecían con base a la Resolución DJ-03/2020 acordada entre el Ministerio de Turismo y la Asociación Nacional de Hoteles (Asonahores). Esta resolución es que aprueba el Protocolo de Gestión de Riesgos de Salud frente al COVID-19 del Sector Turismo. Pero en sus párrafos no dice los parámetros para las sanciones a los establecimientos relacionados al turismo que las incumplan.

La resolución establece que los prestadores de servicios turísticos deberán de adherirse al Protocolo y que de no cumplir con el mismo serán sancionados con lo establecido en la Ley Orgánica de Turismo no. 541. En el artículo 4 de la Ley Orgánica de Turismo 541, se señala que dentro de las principales funciones de la Dirección Nacional de Turismo está aplicar las sanciones administrativas conforme a los procedimientos y términos de las leyes del turismo y sus reglamentos.

El capítulo VII de la referida ley es que contempla sanciones para los violadores de lo que establece dicho estatuto. En el art. 43 dice que â??la violación a las disposiciones contenidas en la presente Ley, con excepción de lo dispuesto en el artículo 44 de la presente Ley, serán sancionadas con prisión correccional de seis (6) a treinta días (30), o multa de RD$50.00 A RD$500.00, o ambas penas a la vez. La reincidencia podrá ser castigada, según la gravedad del caso, con el doble de las sanciones previstasâ?.

PROTOCOLO Y VIGILANCIA

El Protocolo de Gestión de Riesgos de Salud frente al COVID-19 del Sector Turismo establece cuales son las medidas que se deben adoptar en las instalaciones hoteleras para evitar los contagios. En el caso de la vigilancia el protocolo establece que es la misma institución hotelera la que debe designar a un Oficial de Cumplimiento de Protocolos de Salud (OCPS), el cual es responsable de la implementación y observancia de los protocolos de prevención frente al contagio en su centro de trabajo, tanto a nivel individual como a nivel organizacional.

La persona que designe la institución debe reportar a la alta gerencia y debe ser el punto de contacto con el Ministerio de Trabajo, Ministerio de Salud Pública y Ministerio de Turismo junto a las Unidades Médicas para Atención Permanente (UMAP). La pasada semana el ministro de Turismo, David Collado, visitó las instalaciones de varios hoteles, para supervisar el cumplimiento de los protocolos. El hecho de que deba ser el mismo ministro quien supervise los hoteles deja un amplio margen para las violaciones al acuerdo.