La protección de la niñez no puede depender de la disponibilidad ocasional de una cama, de la capacidad de respuesta de una oficina regional o de las gestiones que deban hacerse de una provincia a otra para encontrar un lugar donde recibir a un menor en situación de vulnerabilidad.
Cuando un niño necesita protección, el Estado tiene la obligación de responder con oportunidad, responsabilidad y garantías de dignidad.
Las dificultades denunciadas en San Pedro de Macorís para encontrar hogares de acogida, especialmente para niños de corta edad, constituyen un llamado serio de atención a las autoridades responsables de velar por los derechos de la infancia.
Se trata de una situación que puede comprometer la seguridad, estabilidad emocional y las posibilidades de desarrollo de menores que necesitan atención especializada.
Un hogar de acogida no debe concebirse simplemente como un techo bajo el cual mantener a un niño mientras se resuelve su situación familiar.
Debe ser un espacio digno y preparado para ofrecer atención psicológica, acompañamiento educativo, formación en valores y orientación para la convivencia.
Su finalidad debe ser contribuir a la recuperación emocional, la reeducación y reintegración familiar o social, según las circunstancias de cada caso. Por eso, preocupa que la falta de áreas adecuadas pueda dificultar respuestas oportunas.
Cada menor tiene necesidades particulares que deben ser atendidas de acuerdo con su edad, su condición y circunstancias que lo llevaron a requerir protección.
El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani) debe asumir este desafío con la prioridad que merece. Si las limitaciones superan la capacidad operativa de una dependencia regional, corresponde gestionar los recursos, coordinar las respuestas y procurar soluciones sostenibles.
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