Punta Cana. La Superintendencia de Seguros (SS) no puede establecer por cuenta propia tasas administrativas ni cobros anuales por concepto de supervisión. Así lo determinó la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), en una decisión que representa una victoria para 20 compañías aseguradoras que llevaron el caso ante la justicia.
Mediante la Sentencia 0030-03-2026-SSEN-00313, emitida el pasado 30 de julio, el tribunal declaró nulas las resoluciones 09/2023 y 12/2023, utilizadas por la Superintendencia para establecer un tarifario obligatorio por los servicios que ofrece.
La decisión pone en el centro un principio básico: una institución pública no puede crear cobros obligatorios si no existe una ley que le otorgue expresamente esa facultad.
El conflicto comenzó después de que la Superintendencia de Seguros estableciera las tarifas mediante la Resolución 09/2023. Un grupo de 20 aseguradoras intentó primero solucionar el desacuerdo por la vía administrativa, pero su solicitud no prosperó.
De acuerdo al medio El Dinero, las empresas presentaron un recurso de reconsideración el 8 de diciembre de 2023, pero la Superintendencia lo rechazó. La decisión fue notificada a las aseguradoras el 5 de enero de 2024 y, menos de un mes después, el 1 de febrero, el sector acudió al Tribunal Superior Administrativo.
El superintendente de Seguros, Julio César Valentín, defendió el proceso de consulta como una vía para fortalecer la regulación y aseguró que la intención es construir las nuevas normas junto a los sectores involucrados.
![]()


