martes, abril 30, 2024
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HOY Y EN MINUTOS / ¿Por qué una Ley de Reforma Policial?

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Hamlet Melo / hamlet_melo@hotmail.com

Cuando se divulgan resultados de diversos estudios y encuestas en el país, la Policía Nacional saca â??mala notaâ?. Así lo vemos, por ejemplo, en el estudio de percepción Latinobarómetro 2015, donde la Policía Nacional resultó ser la institución dominicana menos confiable, con un 27% de confiabilidad, 9 puntos menos del porcentaje a nivel regional para esta institución. ¿Y esto por qué? Por las ineficiencias en el servicio, concepción, régimen y estructura militar, participación en hechos dolosos y criminales, corrupción y falta de recursos y tecnificación, según la opinión pública.

Ante ese paisaje que salpica nuestra policía ¿Puede una Ley cambiarlo y transformarlo?

Las leyes son pactos, contratos sociales y políticos concertados por los representantes del pueblo, a fin de hacer más llevadera la vida en sociedad, regulando actividades y conductas, mediante reglas claras, permanentes y generales. De ahí la importancia de que la Policía Nacional, cuente con un marco legal moderno, que la aleje de su ideología militar, nacida del trujillismo y la acerque más al ciudadano; en consonancia con la misión dispuesta en el artículo 255 de la Constitución:

1) Salvaguardar la seguridad ciudadana;

2) Prevenir y controlar los delitos;

3) Perseguir e investigar las infracciones penales, bajo la dirección legal de la autoridad competente;

4) Mantener el orden público para proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas y la convivencia pacífica.

Por ello, la recién aprobada Ley Orgánica de la Policía Nacional, constituye la piedra angular para iniciar la reforma y adecuación que debe sufrir este cuerpo del orden, para ser más democrático, eficiente, preventivo y respetuoso de los derechos ciudadanos. En esta ley se tratan aspectos como: renovación doctrinaria, profesionalización y especialización de los agentes, desmilitarización, fortalecimiento institucional, controles internos y externos, rendición de cuentas, entre otros temas.

Evidentemente, los fines que persigue la Ley no podrán lograrse si no existe el concierto de voluntades para su implementación, seguimiento y control, desde la sociedad civil hasta los poderes públicos. Pero sin una Ley que encause el cambio, éste no puede producirse sin ser ilegítimo y arbitral.

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