LA ROMANA. “No somos responsables de los daños causados a su vehí- culo, ni a las pertenencias dejadas en el mismo” es una de las frases más comunes en los parqueos de establecimientos comerciales.
Estas advertencias buscan evitar que las empresas asuman responsabilidad por las pérdidas de bienes de sus clientes. En este contexto, Eddy Alcántara, director nacional del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), afirmó que los establecimientos comerciales deben responder por el robo de vehículos y pertenencias en sus instalaciones.
Alcántara hizo estas declaraciones en exclusiva para este medio tras la inauguración de la oficina nú- mero 22 en La Romana. El director de Pro Consumidor enfatizó la importancia de que los ciudadanos realicen sus reclamaciones.
De esta manera, la oficina puede mediar entre el comerciante y el afectado para garantizar que se respeten sus derechos. Un caso reciente de robo ocurrió la semana pasada frente a una tienda en La Romana.
Desconocidos sustrajeron una motocicleta propiedad de Aliana Barrero. La afectada afirma que no ha recibido respuesta ni de la administración del negocio ni de la Policía Nacional. Barrero explica que fue víctima del robo mientras visitaba una oficina de envíos en el local.
Asegura que, a pesar de tener los videos del incidente y presentarlos a la Policía, aún no han logrado recuperar su motocicleta.
PROYECTO LEGISLATIVO
Incidentes como este se registran en diversos parqueos de negocios a nivel nacional, sin que los clientes afectados reciban compensación. En 2011, el diputado Leivin Guerrero, de la provincia de San Cristóbal, sometió un proyecto de ley para regular la seguridad en los estacionamientos públicos y privados.
Esta iniciativa busca que los establecimientos comerciales asuman la responsabilidad por cualquier daño a los vehículos de sus clientes. La Ley General 358-05 de Protección de los Derechos al Consumidor o Usuarios, en su artículo 33, literal D, establece que los comercios deben proteger los intereses cos de sus consumidores mediante un trato equitativo y no discriminatorio.
El Código Civil Dominicano también estipula, en sus artículos 1382, 1383 y 1384, que cualquier daño causado por un hombre a otro obliga al responsable a repararlo. Este marco legal hace responsable a los centros comerciales por robos o pérdidas de vehículos en sus instalaciones.
SENTENCIAS DE LA SCJ
Existen precedentes en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en favor de los consumidores. Por ejemplo, la sentencia número 124 del 13 de marzo de 2013, de la Sala Civil y Comercial, señala que “es obligación de vigilancia y seguridad que asumen los estacionamientos comerciales respecto a los vehículos que les son confiados”. Esta sentencia establece que los establecimientos solo pueden liberarse de su responsabilidad si demuestran que una causa ajena a su voluntad impidió el cumplimiento de dicha obligación.
Otras sentencias, como la SCJPS-23-2250 del 31 de octubre de 2023, también respaldan que los comercios deben velar por el bienestar de sus clientes y sus pertenencias mientras se encuentren en sus instalaciones.