PUNTA CANA. El anuncio del aumento del salario mínimo para el sector privado trajo consigo otra implicación, y es la aplicación de la reclasificación de las empresas, situación que pudiera colocar como mediana a aquellas compañías que por años han estado operando como grandes.
Hasta hace poco, la clasificación de las empresas se hacía bajo la Ley 488- 08 que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes). Según esta legislación, las microempresas eran las que tenían de 1 a 15 trabajadores, y un activo de hasta 3 millones de pesos, y que generaban ingresos brutos o facturación anual de hasta 6 millones de pesos.
Las pequeñas empresas eran las que tenían un número de 16 a 60 trabajadores, y un activo de 3 a 12 millones de pesos y que generaban ingresos brutos o facturación anual de 6 a 40 millones de pesos. Mientras que las medianas empresas eran las que tenían un número de 61 a 200 trabajadores, y un activo de 12 a 40 cuarenta millones de pesos y generaban ingresos brutos o facturación anual de 40 a 150 millones de pesos.
Pero con la reclasificación, contemplada en Ley No. 187-17, en su artículo 2, las microempresas son las que tienen hasta 10 trabajadores y ventas brutas anual de hasta 8 millones de pesos dominicanos, las pequeñas empresas contemplan de 11 a 50 trabajadores y ventas brutas anuales de hasta 54 millones de pesos, las medianas empresas de 51 a 150 trabajadores y ventas brutas anuales de hasta 202 millones de pesos dominicanos.
Cabe destacar que la referida ley fue promulgada en el 2017, pero nunca entró en vigencia, pues las centrales sindicales se oponían. Fue hasta hace poco que se aprobó que se reclasificaran las compañías para poder aceptar el aumento salarial.
La principal problemática se presenta entre las medianas y las grandes empresas, pues dentro del anuncio del aumento salarial también se especificó que las grandes compañías serán las que tengan más de 150 trabajadores y más de 202 millones de pesos de ventas brutas anuales.
Según esta nueva clasificación, empresas que antes eran grandes ahora pasan a ser medianas, debido a que les dan un rango de hasta 202 millones de ventas brutas.
PONER ÉNFASIS
Ante esta situación, el economista Antonio Ciriaco, vicedecano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), refirió que le preocupa el tema de la reclasificación de las empresas. Según dice so no está claro, pues no se sabe en cierta manera a qué tipo de acuerdo se llegó.
Ciriaco opinó que si se aplica la reclasificación tal y como está en la Ley 187-17, entonces muchas empresas que son grandes, van a aparecer como medianas y esa situación lo que traería como consecuencia es que todo ese incremento de salario que se ha aprobado no se aplique, por lo que no va a beneficiar a los trabajadores.
“Ese es un problema que hay que resolver. Nosotros apoyamos el incremento de salario y obviamente yo pienso que eso es algo necesario, pero hay un problema de clasificación empresarial. De manera que esa situación hay que resolverla”, enfatizó.
El economista argumentó que hay que ver el tema de la reclasificación de empresas, y darle seguimiento porque o no hay mucha información al respecto. Lo que esto implicaría según Ciriaco, es que si son reclasificadas como medianas las compañías, entonces los empleados no tienen derecho a aumento salarial, porque muchas de las personas que posiblemente tienen un salario bajo al entrar la recategorización ya ganan por encima del salario mínimo y no les tocaría.