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El Ordenamiento Territorial en República Dominicana

Por Richard Güilamo Por un medio ambiente sano

La constitución dominicana proclamada el 26 de enero del 2010, manda en el artículo 194, que se cree una Ley de ordenamiento territorial, estableciendo como prioridad del Estado la formulación y ejecución de un plan de ordenamiento territorial, que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales de la Nación, acorde con la necesidad de adaptación al cambio climático.

También, la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales Núm. 64-00, del 18 de agosto del año 2000, ordena la creación de una ley de ordenamiento territorial, cuando declara en los artículos 30 y 31, de alto interés nacional el diseño, formulación y ejecución de un plan de ordenamiento del territorio incorporando las variables ambientales, enfocándose en la protección de los recursos naturales y la reducción de la vulnerabilidad ambiental.

El 25 de septiembre de 2015, la Republica Dominicana, formo parte de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en New York, donde se aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la cual contiene 17 objetivos de Desarrollo Sostenible, con metas globales que abarcan temas económicos, sociales y ambientales. Luego, la Republica Dominicana, mediante el Decreto Núm. 23-16, creo una comisión interinstitucional de alto nivel, para el Desarrollo Sostenible, la cual tiene la responsabilidad de coordinar e integrar las metas globales de los 17 objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, articulándose directamente con la legislación interna del pais.

Posteriormente, se promulga la Ley 1-12, el 25 de enero de 2012, donde se establece la estrategia nacional de Desarrollo 2030, la cual prevé que se aplicara un plan de ordenamiento territorial que permita gestionar las políticas públicas en el territorio, regular el uso de suelo, incentivar el aprovechamiento sostenible de los recursos y facilitar la gestión integral de riesgo a nivel nacional. El 19 de diciembre del 2022, se promulga la Ley Núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, uso de Suelo y Asentamientos Humanos. La cual ha tenido una aplicación muy tímida y donde se ha pretendido aplicar en algunos lugares ha recibido el rechazo de los asentamientos humano.

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