miércoles, mayo 1, 2024
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Medidas que a veces parecen utopía

SANTO DOMINGO. (Dayana Acosta/Especial para El Tiempo) Hoy se cumplen 14 días desde que inició la implementación o el llamado reforzamiento de las medidas preventivas contra la COVID-19 junto al proceso de vacunación y detención de casos. Una resolución emitida por el Ministerio de Salud Pública captó la atención de toda una nación; aunque trajo consigo mucho a su favor, igualmente sobrevino la intención de distintos grupos que expresan su desacuerdo. 

La resolución 000048, cuyo objetivo consiste en controlar y mitigar los niveles de propagación de la epidemia del covid-19 a nivel nacional, a través del uso obligatorio de la mascarilla, lavado de manos, las medidas de distanciamiento físico, entre otros, trajeron consigo la aplicación de manera estratégica de los distintos protocolos sanitarios para hacerle frente y mitigar los efectos del SARS/CoV2. 

El relajamiento de las medidas preventivas comenzó a reflejarse en el aumento descontrolado de muertes por COVID y el registro progresivo de personas infectadas con el virus. La poca asistencia a los puntos de vacunación era notoria con el paso de los días. A esto agréguese el extremo agotamiento de todo el personal de salud. 

Las violaciones al toque de queda, las fiestas clandestinidad, encuentros y reuniones se convirtieron en la noticia del día a día, acciones realizadas por los ciudadanos sin medir las consecuencias de lo que ocurriría siete o nueve días después, se reflejaban en los boletines especiales epidemiológicos con el aumento de las cifras. 

CASO OMISO 

El Estado dominicano ha hecho hincapié de manera especial en medidas preventivas para evitar el contagio, esto, con un simple «Use la mascarilla o tapaboca». Ahora haga un simple ejercicio: mire en su alrededor… ¿cuántas personas observa que no llevan la mascarilla? Y aquellas que la usan, lo están haciendo de manera correcta? ¿Será que tienen otra vida o son inmunes a los virus? 

Lo único que sabemos es que en este preciso momento, algún familiar o amigo está grave o en alguna Unidad de Cuidados Intensivos, o han muerto afectado por la COVID-19. 

Y sobre el lavado de manos, una exigencia elemental de acuerdo al protocolo pero que muy pocas veces se cumple. Esto, sin puntualizar que en pleno siglo XXI en la República Dominicana muchos no podrán aplicar las medidas de higiene debido a que todavía hay sectores y lugares lejanos que carecen del servicio de agua; y de las escuelas, ¿qué? …. Bueno! 

La resolución emitida por el Ministerio de Salud Pública (MSP) también señala que los establecimientos sólo podrán recibir el 75% de su capacidad total para recibir público. Sin embargo, no es lo que se observa, por simple lógica matemática. Los pequeños y medianos negocios no se sostienen con ese porcentaje ni cuentan con la estructura física para dar respuesta a la referida disposición. 

LA TARJETA DE VACUNACIÓN 

Las novedades que contiene la resolución 00048 del MSP están contenidas en los literales a, b, c y d de su tercer dispositivo. Entre ellas se destaca la exigencia de que en lo adelante las personas de 12 o más años de edad deberán presentar la tarjeta de vacunación o en su defecto el resultado negativo de su prueba PCR tomadas no más de siete días previo, para poder acceder a lugares públicos, de trabajo y estudios tras el levantamiento del estado de emergencia y el toque de queda. 

Las medidas entraron en vigencia el pasado lunes 18 de octubre. Sin embargo, las autoridades otorgan un tiempo prudente para que las personas se pongan al día con el esquema de vacunación contra la COVID-19. Este punto en especial encontró el respaldo inmediato de sector empresarial. 

La exigencia de presentar la tarjeta para demostrar haber completado su proceso de inoculación conllevó a la reactivación del proceso de vacunación y también a que éste alcanzara cifras récord desde el mes de julio pasado, cuando alcanzaron más de 127 mil vacunas aplicadas, según el portal de VacúnateRD. 

La emisión de la normativa también conllevó a que grupos organizados de la población antivacuna interpusieran por ante las Altas Cortes un recurso de objeción y demanda de anulación de la Resolución 00048, tras catalogarla de violatoria, inconstitucional y retrógrada. 

El punto del que no se ha hablado, por el momento, es la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión de lunes a viernes a partir de la media noche; y sábado y domingo a partir de las dos de la madrugada. Sin embargo, se reputa que esa disposición continúa vigente, al amparo del decreto número 308-06. 

Tampoco se ha explicado la manera como serán distribuidos los mil supervisores en toda la geografía nacional para realizar la supervisión sobre las medidas antes descritas, que en algunos casos parecieran ser una utopía. 

Esperemos a ver cómo se desarrolla todo este proceso, porque a larga, lo que se busca es tratar de volver a la normalidad y no retroceder.