Santo Domingo. El presidente Luis Abinader emitió este viernes el Decreto 330-26, mediante el cual modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir, con el objetivo de actualizar los períodos de vigencia de las licencias, fortalecer la seguridad vial en la República Dominicana y permitir que las personas mayores de 65 años puedan renovar sus licencias por un período superior a los dos años, como ocurría hasta la actualidad.
La disposición se sustenta en la Ley Núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, normativa que regula el sistema de movilidad y circulación vehicular en el país, estableciendo medidas dirigidas a garantizar un tránsito seguro y la protección de los usuarios de las vías públicas.
De acuerdo con el decreto, las licencias de conducir correspondientes a las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpla los 75 años de edad. A partir de esa edad, la renovación deberá realizarse cada dos años.
En tanto, las licencias de las categorías 03 y 04 tendrán una vigencia de tres años hasta los 75 años, y posteriormente deberán renovarse cada año.
La normativa también establece que el período de vigencia podrá reducirse si durante el proceso de emisión o renovación se determina que el conductor presenta alguna enfermedad o condición de salud susceptible de agravarse y que pueda afectar la conducción segura.
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