Punta cana. Muchos usuarios de bancos en República Dominicana podrían estar pagando un impuesto que no les corresponde por desconocer una exención establecida por la ley.
Las transferencias realizadas entre cuentas de un mismo titular, aunque estén en diferentes bancos, no deben pagar el impuesto del 0.15 % sobre cheques y transferencias electrónicas. Entre enero y abril de 2026, el Estado recaudó RD$6,873.9 millones por este impuesto, que se aplica a diversas operaciones financieras. Sin embargo, especialistas recuerdan que las transferencias entre cuentas propias están exentas desde 2009.
El economista y consultor financiero Jesús Geraldo Martínez explicó que este gravamen fue creado en 2004 tras la crisis bancaria de 2003. Desde entonces, los bancos retienen el impuesto y lo entregan a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
No obstante, la Resolución 26-2009 de la DGII estableció que las entidades financieras no deben cobrar este impuesto cuando una persona transfiere dinero entre sus propias cuentas, incluso si pertenecen a bancos distintos. En cambio, el impuesto sí se mantiene para operaciones realizadas a favor de terceros, como transferencias a otras personas, emisión de cheques, pago de servicios, tarjetas de crédito o préstamos.
La Superintendencia de Bancos, a través de ProUsuario, recuerda que las entidades financieras deben identificar automáticamente las transferencias entre cuentas del mismo titular para aplicar la exención. En algunos casos, como las cuentas compartidas, el banco puede solicitar documentación adicional para comprobar la titularidad.
Si un cliente detecta que el impuesto fue cobrado por error, puede presentar una reclamación ante su banco y solicitar la devolución del monto retenido, apoyándose en la normativa vigente. Los especialistas recomiendan a los usuarios conocer esta exención, ya que puede representar un ahorro importante para quienes realizan con frecuencia transferencias entre sus propias cuentas en distintas entidades financieras.
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